Olona, que se ha comprometido a seguir presionando políticamente y administrativamente al ministerio, ha propuesto a los alcaldes, además, el inicio de una línea de trabajo en el ámbito jurídico.
El Plan de Pesca es obligado para permitir esta actividad y da seguridad jurídica a los pescadores en una situación tan compleja como la actual.
Trabajar a corto plazo desde el ámbito administrativo y político para intentar que el Ministerio de Medio Ambiente (Mapama) publique un decreto transitorio que desbloque el problema de la pesca de especies invasoras es uno de los acuerdos que han alcanzado hoy el consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona, y los alcaldes de los municipios ribereños del Ebro más afectados por la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a dar muerte a los ejemplares pescados.
Además, ambas partes han consensuado otra estrategia para conseguir a largo plazo un cambio legal que revierta las consecuencias económicas y sociales de esa sentencia, que se han valorado en varios millones de euros y en la pérdida de un recurso indispensable para el desarrollo y la supervivencia de muchas poblaciones.
Todo ello entendido como un nuevo reto político en el que hay que intentar encontrar el equilibrio entre la conservación de la biodiversidad y el desarrollo socioeconómico y teniendo en cuenta que las masas de agua afectadas han sido importantemente modificadas con respecto a su configuración original.
Para llevar a cabo los trabajos necesarios, el Departamento de Desarrollo Rural facilitará el acceso a algunas líneas de ayuda con las que poder comenzar a definir una línea argumental que, según el consejero, ha faltado en todo el proceso anterior. “La sentencia se basa en informes científicos que no han tenido su correspondiente contrapeso y es necesario levantar una arquitectura técnico-científica que justifique el cambio”, ha señalado.
Olona indicado a los alcaldes que el Gobierno de Aragón ya está presionando políticamente, pero que, en el mejor de los casos, eso solo servirá para obtener una solución temporal. La clave, en su opinión, es el Reglamento (UE) nº 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras, donde se establecen excepciones a la obligación de erradicación rápida basadas, precisamente, en el análisis de los costes y beneficios de estas medidas.
“Hacen falta argumentos mucho más sólidos que el del simple impacto económico, por importante que este sea”, ha insistido, para añadir a continuación: “no se puede ir a los tribunales sin argumentos, y eso es lo que ha pasado”.
Plan de Pesca de Aragón.
Por otra parte, el director general de Gestión Forestal, Caza y Pesca, José Ramón López Pardo, quien también ha estado en la reunión, ha explicado que desde el “minuto cero” se ha trasladado al Mapama, que es quien tiene las competencias para hacerlo, la importancia de arbitrar alguna solución temporal.
No obstante, ha recordado que también desde el minuto cero la sentencia es de obligado cumplimiento, por lo que el Plan de Pesca debe recoger su contenido.
Sobre la conveniencia o no de publicarlo, ha sido tajante en dos cuestiones. En primer lugar, para poder pescar es necesario el Plan de Pesca. Por otra parte, no publicarlo hubiera sido dejar a los pescadores en una situación de inseguridad jurídica: “gracias al plan saben lo que pueden y lo que no pueden hacer; si no lo hubiéramos publicado no les hubiéramos facilitado una información fundamental para realizar su actividad sin riesgo de incurrir en ilegalidades”.
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